Derechos de los afiliados
ARTICULO 17o Son derechos de los afiliados:
a. Activos:
1. Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General.
2. Elegir y ser elegido en la Junta Directiva y en las comisiones de trabajo.
3. Participar de los servicios que ofrece la Asociación.
b. Adherentes y Honorarios:
1. Tener voz en las deliberaciones de la Asamblea General.
2. Elegir y ser elegido en las comisiones de trabajo.
3. Participar de servicios que ofrece la Asociación.