Derechos de los afiliados

ARTICULO 17o  Son derechos de los afiliados:

 

a. Activos:

1.      Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General.

2.      Elegir y ser elegido en la Junta Directiva y en las comisiones de trabajo.

3.      Participar de los servicios que ofrece la Asociación.

 

b. Adherentes y Honorarios:

1.       Tener voz en las deliberaciones de la Asamblea General.

2.       Elegir y ser elegido en las comisiones de trabajo.

3.       Participar de servicios que ofrece la Asociación.

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